El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) emiti&oacute; un comunicado en el que recuerda a los productores la importancia de cumplir en los plazos previstos la Determinaci&oacute;n Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES) establecida por el actualizado Plan Nacional de Control y Erradicaci&oacute;n de Brucelosis bovina. Mediante su Resoluci&oacute;n 77/21, el Senasa modific&oacute; algunos art&iacute;culos de la norma original del Plan creado oportunamente por la Resoluci&oacute;n 67/2019, ofreciendo alternativas para cumplir con la DOES en los rodeos que realizan reproducci&oacute;n, para alcanzar el principal objetivo de la estrategia: identificar los establecimientos infectados para su posterior saneamiento. En ese sentido, el Organismo advierte que aquellos establecimientos que no den cumplimiento a la DOES en los plazos establecidos, inevitablemente perder&aacute;n acceso al mercado chino, al cual se destina casi el 80% de la carne bovina exportada. El documento destaca la importancia y obligatoriedad de la adhesi&oacute;n al Plan y recuerda que la alternativa de diagn&oacute;stico por muestreo ofrecida por el Senasa en febrero de este a&ntilde;o para los establecimientos distintos a tambos y caba&ntilde;as, busca facilitar la tarea, disminuir los costos y preservar el acceso al mercado chino. <p style="text-align: center;"> Con el objetivo de que la hacienda &ldquo;apto China&rdquo; pueda mantener su condici&oacute;n, se ha desdoblado el plazo para el cumplimiento de la DOES muestreo, de acuerdo al estrato productivo. Aquellos establecimientos que tienen m&aacute;s de 300 vacas, deben determinar el estatus sanitario de sus rodeos antes del 31 de julio del 2021; mientras que los productores con 300 vacas o menos, tienen tiempo hasta el 30 de noviembre del 2021. Si los resultados del muestreo son todos negativos, se clasificar&aacute; como &ldquo;Establecimiento negativo&rdquo; y se dar&aacute; por cumplimentada la principal tarea establecida por la estrategia. Si por el contrario, se obtienen resultados positivos, se deben realizar las tareas de saneamiento hasta eliminar la enfermedad. Aquellos productores de cr&iacute;a y ciclo completo que quieran alcanzar la categor&iacute;a de &ldquo;Establecimiento libre&rdquo;, podr&aacute;n optar por la DOES total. La DOES total, originalmente planteada en la Resoluci&oacute;n 67, es obligatoria para tambos y caba&ntilde;as. Aquellos establecimientos que a&uacute;n no la hayan cumplimentado, tienen tiempo hasta el 31 de julio del 2021 para realizar y presentar las tareas de diagn&oacute;stico.