El Ministerio de Desarrollo Productivo, junto a las carteras de Agricultura, Ganadería y Pesca y el de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina establecieron, a través de la Resolución Conjunta Nº 4/2021, que las salidas de carnes de los establecimientos de todo el país, destinadas a comercio minorista, sólo podrán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos cuyos pesos individuales no superarán los 32 kg. La medida, según indica el comunicado, representa mayores estándares de calidad y sanidad sobre los productos cárnicos, a la vez que favorece la transparencia comercial y presenta un avance hacia una mayor modernización de la cadena de distribución de carnes en medias reses. De la iniciativa emana que hacer más eficiente la cadena de comercialización implica, a la vez, actuar en defensa del consumidor, dado que comercializar en media res genera ineficiencias en la asignación de los cortes que repercuten en el precio que este debe pagar. En tanto, una distribución por trozos anatómicos de menor peso les permite a los abastecedores realizar una mejor asignación de los cortes, de acuerdo a las necesidades de cada mercado minorista. Se establece, asimismo, que la forma de fraccionar las medias reses debe contemplar los cortes tradicionales, respetando la integridad anatómica de las piezas cárnicas, con la finalidad de mantener su valor monetario al momento de su comercialización en la carnicería, evitando afectar zonas donde se encuentran cortes apreciados por los consumidores. Por su parte, atendiendo a estas medidas, el Ministerio de Desarrollo Productivo se propone implementar programas de asistencia financiera para frigoríficos y faenadores. Dado que la implementación del nuevo sistema de comercialización requiere, entre otras transformaciones, adecuar la infraestructura de varios de los frigoríficos existentes en todo el territorio nacional, agregar espacios de oreo, aumentar las instalaciones, incorporar algunas maquinarias y equipamientos de frío. La presente Resolución, que dispone la obligación del troceo, a partir del 1 de enero de 2022, a su vez, está en consonancia con la dictada por la Superintendencia De Riesgos del Trabajo, que estableció el 16 de abril último que toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 32 kg, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados. La mecanización del sistema de carga es una decisión que repercute en favor de la salud y bienestar del trabajador.